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Economía Social
¿Cómó elegir la mejor opción?
La elección
de la forma jurídica influirá en la marcha de la empresa, por lo que es
importante acertar en el modelo.
Cuestiones
como la responsabilidad de los Soci@s, la aportación de capital, el número de
Soci@s o los diferentes tratamientos fiscales, deben tenerse en cuenta a la
hora de escoger una forma jurídica u otra.
1. El Capital Social
mínimo en algunas formas jurídicas.
La exigencia
de un capital social mínimo de 60.101,21 euros para las sociedades anónimas,
sociedades anónimas laborales y sociedades comanditarias por acciones; y de
3.005,06 euros para las sociedades limitadas y sociedades limitadas laborales,
puede determinar la forma jurídica de la empresa, sobre todo en aquellos
proyectos que no tienen muchas necesidades de financiación.
2. Número de Soci@s.
Cuando el
proyecto empresarial se va a desarrollar con la participación de varias
personas, lo más aconsejable será constituir una sociedad -si bien se pueden
constituir sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada
unipersonales. Si los
emprendedor@s van a ser además trabajador@s de la empresa habrá que considerar
las fórmulas laborales o cooperativas.
3. La Responsabilidad.
Aspecto muy
importante a tener en cuenta.
La
constitución de una sociedad mercantil permite, en general, limitar la
responsabilidad de los soci@s sin comprometer su patrimonio personal
-determinándose aquellos casos en que deban responder los soci@s y/o
administrador@s personalmente. Las empresas
individuales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes y las
sociedades colectivas no limitan la responsabilidad de sus soci@s a las aportaciones de capital social.
4. Qué actividad vamos a ejercer?
Determinadas actividades deberán desarrollarse a
través de formas jurídicas concretas. Otra cuestión que debe consultarse en los
diferentes Colegios Profesionales, es la constitución de sociedades de
responsabilidad limitada por parte de profesionales. Por otro
lado, el ejercicio de determinadas actividades potencialmente más arriesgadas
aconsejan el recurso a formas de empresa que limiten la responsabilidad de l@s
promotor@s.
5. Posibilidades con las que contamos de financiación.
La dimensión
económica de una inversión hace que sea necesaria la participación de varias
personas para acometerla, por lo que normalmente se optará por formar una
sociedad. Por otra parte, las entidades de crédito y otras instituciones
financieras no suelen conceder créditos a empresas que no dispongan de avales o
de la garantía que constituye un capital social elevado.
6. Futuro y perspectivas de negocio.
Hay que
tener claro si la empresa estará abierta a la participación de nuev@s Soci@s. Ahorrarse
costes de constitución puede limitar las posibilidades de crecimiento de la
empresa y el acceso de nuev@s inversor@s a la misma. Tenlo en cuenta.
7. Fiscalidad
Los Emprendedor@s que opten por
gestionar su proyecto como Autónom@s
deberán elegir entre el sistema de estimación directa u objetiva (por módulos).
Es conveniente
estudiar las ventajas fiscales que ofrece cada una de las opciones societarias.
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