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Economía Social  

¿Cómó elegir la mejor opción?

La elección de la forma jurídica influirá en la marcha de la empresa, por lo que es importante acertar en el modelo.
Cuestiones como la responsabilidad de los Soci@s, la aportación de capital, el número de Soci@s o los diferentes tratamientos fiscales, deben tenerse en cuenta a la hora de escoger una forma jurídica u otra.

1. El Capital Social mínimo en algunas formas jurídicas.

La exigencia de un capital social mínimo de 60.101,21 euros para las sociedades anónimas, sociedades anónimas laborales y sociedades comanditarias por acciones; y de 3.005,06 euros para las sociedades limitadas y sociedades limitadas laborales, puede determinar la forma jurídica de la empresa, sobre todo en aquellos proyectos que no tienen muchas necesidades de financiación.

2. Número de Soci@s.

Cuando el proyecto empresarial se va a desarrollar con la participación de varias personas, lo más aconsejable será constituir una sociedad -si bien se pueden constituir sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada unipersonales.
Si los emprendedor@s van a ser además trabajador@s de la empresa habrá que considerar las fórmulas laborales o cooperativas.

3. La Responsabilidad.

Aspecto muy importante a tener en cuenta.
La constitución de una sociedad mercantil permite, en general, limitar la responsabilidad de los soci@s sin comprometer su patrimonio personal -determinándose aquellos casos en que deban responder los soci@s y/o administrador@s personalmente.
Las empresas individuales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes y las sociedades colectivas no limitan la responsabilidad de sus soci@s a las aportaciones de capital social.

4. Qué actividad vamos a ejercer?

Determinadas actividades deberán desarrollarse a través de formas jurídicas concretas.
Otra cuestión que debe consultarse en los diferentes Colegios Profesionales, es la constitución de sociedades de responsabilidad limitada por parte de profesionales.
Por otro lado, el ejercicio de determinadas actividades potencialmente más arriesgadas aconsejan el recurso a formas de empresa que limiten la responsabilidad de l@s promotor@s.

5. Posibilidades con las que contamos de financiación.

La dimensión económica de una inversión hace que sea necesaria la participación de varias personas para acometerla, por lo que normalmente se optará por formar una sociedad. Por otra parte, las entidades de crédito y otras instituciones financieras no suelen conceder créditos a empresas que no dispongan de avales o de la garantía que constituye un capital social elevado.

6. Futuro y perspectivas de negocio.

Hay que tener claro si la empresa estará abierta a la participación de nuev@s Soci@s.
Ahorrarse costes de constitución puede limitar las posibilidades de crecimiento de la empresa y el acceso de nuev@s inversor@s a la misma. Tenlo en cuenta.

7. Fiscalidad

Los Emprendedor@s que opten por gestionar su proyecto como Autónom@s deberán elegir entre el sistema de estimación directa u objetiva (por módulos).

Es conveniente estudiar las ventajas fiscales que ofrece cada una de las opciones societarias.

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