¿Qué es el pago único de la prestación por Desempleo?

Consiste en la percepción en un sólo pago de la prestación por desempleo, con el fin de destinar la cuantía a la realización de una actividad profesional como soci@ de una Cooperativa de Trabajo Asociado o de una Sociedad Laboral, o como trabajador/a por cuenta propia o autónom@ en el supuesto de personas discapacitadas con una minusvalía reconocida igual o superior al 33%. También pueden cobrarlo los trabajador@s sin discapacidad que vayan a darse de alta en el Régimen de Autónom@s con algunas diferencias en relación a los anteriores.

Los requisitos exigidos para solicitar el pago único son:

  • Ser beneficiari@ de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de percibir, al menos, tres mensualidades.
  • No haber hecho uso de este derecho en los cuatro años inmediatamente anteriores.
  • Acreditar la incorporación como soci@ trabajador/a o de trabajo a una Cooperativa de Trabajo Asociado o Sociedad Laboral, de forma estable y a tiempo completo o parcial, en su caso.
  • Acreditar un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 cuando vaya a realizar una actividad como trabajador/a autónom@, en su caso.
  • No iniciar la actividad con anterioridad a la solicitud de la capitalización de prestaciones.

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