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¿Qué es el pago único de la prestación por Desempleo?
Consiste en la percepción en un sólo
pago de la prestación por desempleo, con el fin de destinar la cuantía a la
realización de una actividad profesional como soci@ de una Cooperativa
de Trabajo Asociado o de una Sociedad Laboral,
o como trabajador/a por cuenta propia o autónom@ en el supuesto de personas discapacitadas
con una minusvalía reconocida igual o superior al 33%. También pueden cobrarlo
los trabajador@s sin discapacidad que vayan a darse de alta en el Régimen de
Autónom@s con algunas diferencias en relación a los anteriores.
Los requisitos exigidos
para solicitar el pago único son:
- Ser beneficiari@ de una prestación contributiva por
desempleo y tener pendiente de percibir, al menos, tres mensualidades.
- No haber hecho uso de este derecho en los cuatro años
inmediatamente anteriores.
- Acreditar la incorporación como soci@ trabajador/a o de
trabajo a una Cooperativa de Trabajo Asociado o Sociedad Laboral, de forma
estable y a tiempo completo o parcial, en su caso.
- Acreditar un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por 100 cuando vaya a realizar una actividad
como trabajador/a autónom@, en su caso.
- No iniciar la actividad con
anterioridad a la solicitud de la capitalización de prestaciones.
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